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sábado, 20 de marzo de 2010

miércoles, 17 de marzo de 2010

¿Qué son las ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS?
La legislación peruana considera el establecimiento de reservas de tierras para la conservación de la naturaleza en regiones donde los valores naturales o culturales son particularmente importantes (desde el punto de vista económico-social y/o científico-biológico), por lo que desde la década del 40 se han establecido áreas protegidas, las mismas que en conjunto forman el sistema peruano de áreas naturales protegidas por el Estado (formalmente el Sistema Nacional Areas Naturales Protegidas por el Estado, SINANPE).
Definición: "Son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos y declarados como tales, incluyendo sus categorías y zonificaciones, para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país."

A la fecha existen 61 ANP en el país, comprendiendo:
- Areas donde los usos son muy restringidos y el impacto mínimo: AREAS DE USO INDIRECTO (Parques Nacionales, Santuarios Nacionales y Santuarios Históricos). "Son áreas protegidas de uso indirecto, las que permiten la investigación científica no manipulativa, la recreación y el turismo, en zonas apropiadamente designadas y manejadas para ello. En estas áreas no se permite la extracción de recursos naturales, así como modificaciones y transformaciones del ambiente natural". (Ley de ANP 1997); y
- Areas donde el uso de recursos y el impacto sobre los ecosistemas son más o menos intensos: ÁREAS DE USO DIRECTO (Reservas Comunales, Reservas Nacionales, Cotos de Caza, Refugios de Vida Silvestre, Reservas Paisajísticas, Bosques de Protección y Areas de Conservación Regionales). "Areas protegidas de uso directo son aquellas que permiten el aprovechamiento o extracción de recursos, prioritariamente por las poblaciones locales, en aquellas zonas y lugares y para aquellos recursos, definidos por el plan de manejo del área. Otros usos y actividades que se desarrollen deberán ser compatibles con los objetivos del área". (Ley de ANP 1997)
Adicionalmente existen reservas de tierras de carácter transitorio o temporal, las Zonas Reservadas: "Areas que, reuniendo las condiciones para ser consideradas como ANP, requieren la realización de estudios complementarios para determinar, entre otras, la extensión y categoría que les corresponderá como tales".
Parques Nacionales: Según la Ley de ANP (1997) se definen como: "Areas que constituyen muestras representativas de la diversidad natural del país y de sus grandes unidades ecológicas. En ellas se protege con carácter intangible la integridad ecológica de uno o más ecosistemas, las asociaciones de la flora y fauna silvestre y los procesos sucesionales y evolutivos, así como otras características paisajísticas y culturales de la región".
SANTUARIOS NACIONALES: Definidos en la Ley de ANP (1997) como: "Areas donde se protege con carácter intangible el hábitat de una especie o una comunidad de la flora y fauna, así como las formaciones naturales de interés científico y paisajístico."
Santuarios Históricos: Definidos en la Ley de ANP (1997) como: "Areas que protegen con carácter de intangible espacios que contienen valores naturales relevantes y constituyen el entorno de sitios de especial significación nacional, por contener muestras del patrimonio monumental y arqueológico o por ser lugares donde se desarrollaron hechos sobresalientes de la historia del país".
Refugios de Vida Silvestre: En la Ley de ANP (1997) se definen como: "Areas que requieren intervención activa con fines de manejo, para garantizar el mantenimiento de los hábitats, así como para satisfacer las necesidades particulares de determinadas especies, como sitios de reproducción y otros sitios críticos para recuperar o mantener las poblaciones de tales especies".
RESERVAS NACIONALES: Definidas por la Ley de ANP (1997) como: "Areas destinadas a la conservación de la diversidad biológica y la utilización sostenible de los recursos de flora y fauna silvestre, acuática o terrestre. En ellas se permite el aprovechamiento comercial de los recursos naturales bajo planes de manejo, aprobados, supervisados y controlados por la autoridad nacional competente".
Reservas Comunales: Han sido definidas en la Ley de ANP (1997) como: "Areas destinadas a la conservación de la flora y fauna silvestre, en beneficio de las poblaciones rurales vecinas. El uso y comercialización de recursos se hará bajo planes de manejo, aprobados y supervisados por la autoridad y conducidos por los mismos beneficiarios. Pueden ser establecidas sobre suelos de capacidad de uso mayor agrícola, pecuario, forestal o de protección y sobre humedales".
Bosques de Protección: En la Ley de ANP (1997) se definen como: "Areas boscosas que se establecen con el objeto de garantizar la protección de las cuencas altas o colectoras, las riberas de los ríos y de otros cursos de agua y en general, para proteger contra la erosión a las tierras frágiles que así lo requieran. En ellos se permite el uso de recursos y el desarrollo de aquellas actividades que no pongan en riesgo la cobertura vegetal del área".
Cotos de Caza: Definidos por la Ley de ANP (1997) como: "Areas destinadas al aprovechamiento de la fauna silvestre a través de la práctica regulada de la caza deportiva".
RESERVAS PAISAJISTICAS: En el Perú las Reservas Paisajísticas, como categoría del SINANPE, han sido recientemente reconocidas por la Ley de ANP (1997), incluyendo "áreas donde se protege ambientes cuya integridad geográfica muestra una armoniosa relación entre el hombre y la naturaleza y que albergan importantes valores naturales, estéticos y culturales".
Zonas Reservadas: Las Zonas Reservadas son áreas naturales, establecidas por el Ministerio de Agricultura, que reunen las condiciones necesarias para ser consideradas como una área natural protegida. Son reservas de tierras cuyo estado legal es transitorio o provisional, en tanto se realizan los estudios pertinentes para definir su extensión y la categoría más conveniente según los objetivos a cumplir. Forman parte del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y por lo tanto quedan sujetas a las disposiciones que corresponden a las áreas naturales protegidas de acuerdo a la Ley Nº26834 (Ley de Areas Naturales Protegidas).

domingo, 14 de marzo de 2010

Valoremos nuestra biodiversidad

SANTUARIO NACIONAL LAGUNAS DE MEJÍA

Esta situado en la costa de Arequipa, con una extensión de 690.6 Ha de humedales en la desembocadura del río Tambo; reviste enorme interés por ser una de la estaciones para aves migratorias más importantes en toda la costa peruana.
En el Santuario Nacional Lagunas de Mejía es posible encontrar 141 especies de aves, de las cuales 84 son residentes de la costa peruana y 57 , migratorias, o sea que se las encuentra en esta zona sólo en una determinada época del año, en su afán de escapar del crudo invierno de otras latitudes. De las migratorias, 17 llegan a Mejía de otras partes del Perú, 4 de otros países de Sudamérica y 34 desde América del Norte.
Mejía tiene también gran potencial educativo y turístico. Se encuentra a escasos kilómetros del puerto de Mollendo; su pequeña población, también llamada Mejía, se ha constituido en el centro vacacional preferido por los arequipeños.


RESERVA NACIONAL SALINAS Y AGUADA BLANCA

Se encuentra en los fríos parajes de la ecorregión Puna, a más de 4,000 msnm, en Arequipa y Moquegua... abarca extensos pastizales, bofedales y lagunas, junto a los imponentes volcanes Misti y Ubinas.
Este lugar debe su nombre a la Laguna Salinas y a la pampa Aguada Blanca. Las frías y salobres aguas de la laguna Salinas, albergan a 70 tipos de aves como gallaretas, ojojos y avocetas andinas... en la reserva también vive el cóndor andino, el ave voladora más grande del mundo.
En la pampa están los últimos relictos de árboles de queñua, así como vegetación de tolares y yaretas que soportan temperaturas de hasta 25º bajo cero.
En esta reserva se protegen especies en vías de extinción como el guanaco, la taruca, el vistoso flamenco andino y el suri o avestruz andino, que dejó de volar para volverse un ave terrestre y corredora.

En la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca, se encuentra el bosque de piedra de Mauka, que con el paso del tiempo se ha convertido en hogar de las últimas poblaciones de vizcachas del Perú.
La reserva nacional Salinas y Aguada Blanca es un oasis en medio de la llanura altoandina, que merece ser visitado.


CAÑON DE COTAHUASI “RESERVA PAISAJISTICA"
Así fue declarado por el Estado peruano
Considerando el más profundo del mundo con sus 3535 declarado recientemente por el gobierno central “Reserva Paisajística” informó el Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA).
La “Reserva Paisajística Subcuenca de Cotahuasi” que esta ubicado en la provincia de La Unión, posee una biodiversidad de importancia global. Se extienden desde las estribaciones del nevado Solimana hasta la confluencia del río Ocoña, llegando a superar los 3500 metros de Ninacocha, en las inmediaciones del pueblo de Quechualla.
Declarado como Zona de Reserva Turística en 1988, Cotahuasi, destino de los amantes del deporte y turismo de aventura, dispone además de lagunas, aguas termales y medicinales, cataratas y una gran variedad de flora y fauna.
COTAHUASI, LA JOYA PERDIDA DE AREQUIPA
El estrecho valle, ubicado a 375 Km. al noreste de la ciudad de Arequipa, es el resultado de la acción abrasiva de las aguas del río Cotahuasi entre los enormes macizos montañosos: el Coropuna ( con 6425 m.s.n.m., el volcán mas alto del Perú) y el Solimana (6093 m.s.n.m.).
Desde su nacimiento, en la hermosa laguna de Huanzo, a más de 4750 m.s.n.m., el Cotahuasi recibe los aportes del río Huayllapaña, en las cercanías de Pampamarca, por el norte, y el Huarcaya, próximo a Tomepampa, hacia el oeste. Con su caudal incrementado, el río toma rumbo al occidente y luego al sur, recorriendo las zonas más profundas del cañón. Finalmente, recibe las aguas del Marán y desemboca en el Pacifico en la localidad de Ocoña, de la que toma el nombre de su tramo final.
En su zona más pronunciada, un lugar en las cercanías del pueblo de Quechualla, el cañón alcanza la escalofriante profundidad de 3535 metros: 335 más que el cañón del río Colca y casi 2000 metros más que el del río Colorado en los Estados Unidos. El Cotahuasi fluye aquí, solemne e intocado, a través del cañón más profundo del mundo.
Desde este punto, la única manera de recorrerlo es a bordo de kayaks y balsas inflables, y fue gracias al reporte de estos aventureros que el Cotahuasi fue descubierto por el turismo a nivel mundial. Algunos años más tarde, en marzo de 1988, el valle y el cañón fueron elevados a la categoría de Reserva Turística.